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Lunes, 20 Enero 2025 08:01

APROBACIÓN DE LA ADENDA N.º 5 AL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE ENLACE NORTE DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN SECTOR SP 100 "CIUDAD DEL TRANSPORTE

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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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Por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Guadalajara de 7 de enero de 2025 se adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la adenda n.º 5 al Proyecto de ejecución de Enlace Norte del sector SP-pp-100 “Ciudad del Transporte” que fue notificado a los interesados y en el que se recogía:

“1. EXPEDIENTE 11799/2018. APROBACIÓN DE LA ADENDA N.º 5 AL PROYECTO DE EJECUCIÓN DE ENLACE NORTE DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN SECTOR SP 100 “CIUDAD DEL TRANSPORTE”.

Vista la propuesta suscrita por la Jefa de Área de Urbanismo, en relación con la Adenda n.º 5 al Proyecto de Ejecución de enlace norte del SP 100 en la carretera CM-101 PK 5+200 (Guadalajara) y en observancia del procedimiento que para su aprobación establece el artículo 111 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, por remisión al procedimiento previsto para la aprobación de Programas de Actuación Urbanizadora que establece el artículo 38 de la misma disposición legal, la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda:

PRIMERO. Aprobar la la Adenda n.º 5 al Proyecto de Ejecución de enlace norte del Sector SP 100 “Ciudad del Transporte” en la carretera CM-101 PK 5+200 (Guadalajara), con propuesta de revisión del alumbrado y secciones de firme de la Glorieta Este y Camino de Servicio. del Proyecto de Urbanización del Sector SP PP 100 “Ciudad del Transporte” para la ejecución del Programa de Actuación Urbanizadora.

SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos de lo establecido en el artículo 111 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo.

TERCERO. Notificar la presente resolución a la Mancomunidad de Aguas del Sorbe, así como a los propietarios afectados, con indicación de los recursos que puedan interponerse.”

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante La Junta de Gobierno Local de esta Entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Guadalajara, 15 de enero de 2025. La Alcaldesa.- Ana Cristina Guarinos López

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